En este punto la auditoría verifica la existencia de una acción preventiva planificada basándose en la evaluación de riesgos, tal y como recoge el artículo 16 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el capítulo II del Reglamento de los Servicios de Prevención. A tal fin se incluye:
El auditor va a analizar si la evaluación de riesgos de la organización ha sido realizada mediante un método adecuado a los riesgos y características de la misma.
Se analizarán los planes y programas desarrollados por la empresa, evaluando su adecuación a las características de la misma, así como su grado de cumplimiento.
Se comprueba la existencia y conocimiento por parte de los trabajadores de la empresa de procedimientos de actuación en caso de riesgo grave e inminente de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
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