Planificación de la actividad preventiva

En este punto la auditoría verifica la existencia de una acción preventiva planificada basándose en la evaluación de riesgos, tal y como recoge el artículo 16 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el capítulo II del Reglamento de los Servicios de Prevención. A tal fin se incluye:

1. Evaluación de riesgos

El auditor va a analizar si la evaluación de riesgos de la organización ha sido realizada mediante un método adecuado a los riesgos y características de la misma.

  • Verificación de la corrección formal y de contenido de la misma.
  • Existencia de evaluación periódica y su justificación.
  • Verificación de la adecuación de las instalaciones y equipos a las normativas vigentes (lugares de trabajo, orden y limpieza, señalización, máquinas, etc.).

2. Planificación de la actividad preventiva

Se analizarán los planes y programas desarrollados por la empresa, evaluando su adecuación a las características de la misma, así como su grado de cumplimiento.

  • Existencia.
  • Asignación de prioridades a las actuaciones y establecimiento de un calendario acorde.
  • Recursos económicos, humanos y materiales asignados a cada actuación.

3. Medidas de emergencia (plan de emergencia / manual de autoprotección /equipos de emergencia).

  • Existencia.
  • Adecuación de los medios y riesgos existentes.
  • Equipos de emergencia. (Designación, formación y entrenamiento).
  • Realización de simulacros; control de resultados.
Riesgo grave e inminente

Se comprueba la existencia y conocimiento por parte de los trabajadores de la empresa de procedimientos de actuación en caso de riesgo grave e inminente de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.